FUNDACIÓN LA LIBRERÍA MEDIÁTICA

Este organismo, que quedó registrado por ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda el día 21 de mayo de 2010 , bajo el Nro.10, Folio 42 del Tomo 17 del Protocolo de Transcripción de 2010, es el responsable de desarrollar el proyecto TVLecturas, Libros a Toda Hora, La Televisora de Los Libros, que actualmente está activo en formato blog en www.tvlecturas.wordpress.com

El documento registrado tiene el siguiente contenido:

María Alcira Matute Castro

Inpreabogado ___

Yo, María Alcira Matute Castro, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, civilmente hábil  y con cédula de identidad Nro. ____, domiciliada en la ciudad de Caracas, debidamente autorizada por los estatutos de la Fundación La Librería Mediática, certifico que la presente Acta de Asamblea y Estatutos Sociales es copia fiel y exacta de su original que se encuentra asentada en el Libro de Actas llevado por la Mencionada Fundación la cual se transcribe textualmente y es del tenor siguiente: “Nosotros, María Alcira  Matute Castro,   Isidoro Hugo Duarte GutiérrezGloria Castro de Matute  y José Antonio Serrano Reque,  , de estado civil soltera, casado, viuda y soltero, respectivamente , venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, civilmente hábiles, por medio de este documento declaramos: Que hemos convenido en constituir como en efecto constituimos en este acto, una Fundación, exenta de cualquier finalidad de lucro, destinada a desarrollar proyectos editoriales, de radio, TV, prensa impresa y digital, y cualquier medio de comunicación y  para cumplir fines de interés público. Teniendo personalidad jurídica propia, un patrimonio propio y capacidad administrativa,  con todos los derechos, obligaciones, atribuciones y poderes necesarios para el logro de sus fines, de conformidad con la Ley y el presente Estatuto, esta Fundación se regirá  por las disposiciones de este instrumento, el cual ha sido redactado con suficiente amplitud para que a la vez sirva de Acta Constitutiva y de Estatutos de la Fundación, así como las disposiciones de la Legislación Civil vigente y se regirá conforme a las siguientes cláusulas:

CAPÍTULO I

Denominación, Objeto, Domicilio y Duración

Artículo 1: La Fundación se denominará FUNDACIÓN LA LIBRERÍA MEDIÁTICA, FLLM por sus siglas, y se regirá por los presentes estatutos y por las normas que la Ley exige.

Artículo 2: El objeto de la fundación es la promoción del libro y la lectura por todos los medios, así como  apoyar y adelantar toda actividad, sin limitación

alguna, que surja del ámbito público o, privado, que tenga como objetivo la formación de lectores críticos, plurales y libres de todas las edades. Para alcanzar este objeto, la FLLM podrá:

a.)Promover, crear, mantener y auspiciar medios de comunicación de señal abierta, por cable o por Internet, alternativos, comunitarios o tradicionales, impresos, radiales o audiovisuales; para hacer un periodismo apegado al código de ética del ejercicio, a fin de contribuir a la formación integral del pueblo venezolano y de Nuestra América mediante la producción y promoción de publicaciones, páginas webs, blogs, canales y programas de televisión, radio y cine, educativos y de divulgación cultural, artística, científica y tecnológica, para propiciar la integración cultural de los países latinoamericanos y caribeños y su relación entre sí y con el mundo entero.

b)Auspiciar especialmente el desarrollo y consolidación del colectivo virtual TVLecturas, existente a través del blog www.tvlecturas.wordpress.com  para conformar en lo adelante , además del blog, un conglomerado de actividades tendientes a la divulgación radial y televisiva de propuestas para el fomento de la lectura , la formación de lectores y la divulgación del libro y la literatura venezolana e internacional, a través de la creación de  canales o estaciones de radio, televisión en señal abierta, por cable, tradicional, alternativa o comunitaria, que puedan o no tener señal en vivo por Internet y páginas webs, videos , publicaciones impresas y digitales.

c) Promover, crear, mantener y auspiciar proyectos de capacitación profesional para sus miembros.

d) Contribuir al mejoramiento de las tareas de apoyo a la docencia e investigación universitaria del país, y por extensión, a la educación primaria y secundaria, mediante conferencias y seminarios, así como actividades dirigidas a promover el ejercicio del periodismo y la comunicación responsables, así como el conocimiento y divulgación del análisis crítico de los medios y el proceso comunicacional a todo nivel, y la promoción a todo nivel del libro y la lectura, para beneficio de la sociedad, en todos los ámbitos del ejercicio de la

 

María Alcira Matute Castro

Inpreabogado 

ciudadanía, especialmente en comunidades, consejos comunales y comunas.

e) Mantener y desarrollar La Fundación, mediante la producción, publicación, edición, distribución y divulgación de: agendas, libros, revistas, periódicos, videos, películas, fotos, cintas magnéticas, discos digitales u ópticos, materiales  diversos, exposiciones, programas de televisión y de radiodifusión,  

relacionados con sus actividades y con las técnicas actuales y futuras. Todo ello mediante acciones educativas, culturales, deportivas, recreativas y divulgativas. Igualmente, realizar actos de lícito comercio tales como: Seminarios, Conferencias, Foros, actividades vivenciales, recreacionales,

entre otros- Queda entendido que las opciones y actividades mencionadas en este artículo son de carácter enunciativo y no taxativo.

f) A tal fin , y respetando todo lo dispuesto al respecto en el ordenamiento jurídico vigente en la materia, la FLLM podrá usar, aprovechar y administrar una concesión de señal de televisión abierta bien sea en frecuencia VHF, UHF, alternativa, comunitaria o por cable o Internet  y sus respectivas habilitaciones administrativas, bien sea  como medio de transmisión de las producciones aportadas por productores independientes o a través de la  producción o generación de contenido o material audiovisual. Igualmente, podrá usar, aprovechar y administrar una concesión de señal de radio en señal abierta y/o por Internet .Podrá entonces  diseñar la estructura de la programación, del o de los canales de radio y televisión que cree, atendiendo a lo dispuesto en la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, en lo que respecta a producción independiente, y especialmente , la producción  nacional independiente, regional, comunitaria o alternativa, elaborada por universidades públicas  o privadas, producción audiovisual y cinematográfica financiada por entes públicos o privados. Tiene también como objetivo proporcionar, instalar y administrar toda la infraestructura necesaria para la operatividad de la fundación.

La  programación de cualquier canal radial o televisivo auspiciado por la FLLM deberá someterse a las disposiciones de la Ley de Responsabilidad Social, y el

resto del ordenamiento jurídico vigente, en especial en materia de bloques horarios  y  publicidad.

Artículo 3: La FUNDACIÓN LA LIBRERÍA MEDIÁTICA (FLLM), tendrá personalidad jurídica propia, será de naturaleza civil y no persigue fines de lucro. Tendrá capacidad para realizar actos tendientes al logro de su objeto y

patrimonio propio, para lo cual podrá, entre otras actividades, adquirir bienes a

título oneroso

Artículo 4: La FLLM tiene su domicilio en la Ciudad de Caracas, en la siguiente dirección://y por acuerdo de su Consejo Directivo podrá ejercer actividades  y establecer delegaciones en cualquier otro lugar de la República o en el exterior.

Artículo 5: Comenzará su actividad en la fecha de la protocolización del presente documento constitutivo en el Registro Público, y su duración será de Diez (10) años, que podrán renovarse al final de cada período decenal por resolución mayoritaria de sus miembros. Podrá extinguirse por  decisión mayoritaria del Consejo Directivo o cuando su objeto principal sea de imposible realización.

CAPÍTULO II

De los Miembros

Artículo 6: La Fundación estará conformada por tres (03) clases de miembros:

1) Miembros Fundadores Activos: Serán Miembros Fundadores Activos los que suscriben la presente acta Constitutiva y Estatutos de la Fundación, con derecho a voz y voto en decisiones de de la Asamblea de Miembros.

2) Miembros Ordinarios: Todas aquellas personas que por méritos o colaboración con la Fundación sean aceptados por el Consejo Directivo, quienes suscribirán el libro de Actas, una vez aceptados. Sus condiciones de ingreso y permanencia serán desarrolladas en normativa dictada por Consejo Directivo.

3) Miembros Patrocinantes: Son aquellas Instituciones o personas solidarias

 

María Alcira Matute Castro

Inpreabogado

que manifiesten su voluntad de patrocinar a la Fundación.

Capítulo III

Dirección y Administración

Artículo 7: La fundación será dirigida y administrada por El Consejo Directivo elegido por la Asamblea de Ordinaria de la Fundación. El Consejo Directivo

tendrá Tres (3) miembros principales: un presidente, un secretario, y un tesorero, con sus respectivos suplentes. Todas las decisiones se tomarán por mayoría calificada de dos tercios de los miembros. Los suplentes podrán ocupar al mismo tiempo hasta dos (2) posiciones.

Artículo 8: El  presidente,  el  secretario  y  el  tesorero, durarán  cinco (5) años

en el ejercicio de sus funciones y permanecerán en sus cargos hasta que tomen posesión las personas que hayan sido designadas por la Asamblea para sustituirlas y podrán ser reelegidos.

Artículo 9: El Consejo Directivo tendrá los más amplios poderes de administración, disposición y ejercerá la plena representación de la Fundación: Son facultades y atribuciones del Consejo Directivo administrar y dirigir los recursos de la Fundación.

1. Velar por los bienes de la Fundación y cuidar de su adecuado mantenimiento.

2. Organizar los servicios de la Fundación y velar por su buen funcionamiento.

3. Incrementar el patrimonio de la Fundación, dentro de los límites de sus iniciativas.

4. Nombrar y remover el personal, remunerado y ad-honorem, que sea necesario para el funcionamiento de la Fundación; y fijar la correspondiente remuneración.

5. Elaborar el presupuesto anual y el programa de actividades de la Fundación, y someterlo a consideración de la Asamblea.

6. Elaborar y presentar el informa anual de su gestión a la Asamblea de Miembros de la Fundación.

7. Cualesquiera otras que le señalen estos Estatutos y las que le sean

encomendadas por la Asamblea de Miembros de la Fundación.

Artículo 10: El Consejo Directivo se reunirá mensualmente, por lo menos, o cuando lo considere conveniente por decisión tomada por mayoría calificada de dos tercios de los miembros,para decidir las acciones para planificar, ejecutar y evaluar su marcha. De sus reuniones y decisiones se llevará un Libro de Actas.

Artículo 11: Facultades de los miembros del Consejo Directivo: El Presidente tendrá como facultades representar a la Fundación en todos sus actos, Judicial o extrajudicialmente y podrá constituir apoderados de la misma y tomar  decisiones libremente pudiendo delegar en circunstancias especiales, esta representación en los suplentes, secretarios o tesoreros. Convocará y presidirá las reuniones del Consejo Directivo y las Asambleas de Miembros de la Fundación. Ejecutará las decisiones del Consejo Directivo .Con su sola firma, movilizará cuentas bancarias corrientes y de ahorro, pudiendo delegar esta función para casos especiales en el secretario o tesorero, mediante comunicación expresa y escrita. Dirigirá la gestión diaria de la Fundación. Distribuirá y vigilará el cumplimiento del trabajo entre el personal de la Fundación. Cumplirá cualquier otra actividad que resulte de estos Estatutos . El Secretario tendrá como facultades conservar la documentación, formalizar y suscribir actas de reuniones ,preparar material de sesiones de trabajo, convocatorias, llevar correspondencia y otras similares encomendadas por el presidente del Consejo Directivo.El Tesorero tendrá como facultades  llevar los libros y documentos contables de la asociación , relación de asociados y balance anual y suscribir los documentos para los que esté autorizado según el presente documento.

CAPÍTULO IV-La Asamblea

Artículo 12: La Suprema dirección de la Fundación corresponde a la Asamblea de Miembros inscritos y solventes cuyas decisiones son de obligatorio cumplimiento por todos los miembros y el Consejo Directivo velará por su cumplimiento.

Artículo 13: Son atribuciones de la Asamblea: 1.- Establecer las políticas

 

María Alcira Matute Castro

Inpreabogado

generales de actuación de la Fundación y aprobar o modificar los programas de actividades, así como los presupuestos de ingresos y gastos, que el Consejo Directivo deberá someter a su consideración.

2.- Designar y remover los Miembros del Consejo Directivo y al Contralor. Elegir  los reemplazos del Consejo Directivo por falta temporal o absoluta de sus miembros.

3.- Aprobar el informe anual que el Consejo Directivo presenta para su consideración. 4.- Cualquier otra atribución  que le señalen  estos Estatutos.

Artículo 14: La Asamblea se reunirá ordinariamente el segundo mes de cada año, y extraordinariamente, cuando el Consejo Directivo de la Fundación  o el

veinte por ciento (20%) de sus Miembros inscritos y solventes la convoquen. La convocatoria se hará en forma escrita con una semana de anticipación.

Artículo 15: La Asamblea quedará constituida en primera convocatoria por el cincuenta por ciento (50 %) más uno (1) de sus Miembros activos y solventes. De no lograrse el quórum en primera convocatoria se procederá a una segunda convocatoria, quedando la Asamblea constituida con la presencia de por lo menos dos (2) de sus Miembros activos y solventes, y sus decisiones serán válidas y de obligatorio cumplimiento para todos los miembros de la Fundación.

CAPÍTULO V

Patrimonio de la Fundación

Artículo 16: El patrimonio de La Fundación lo constituyen:

a) Un aporte inicial de dos (2) de sus  miembros fundadores. María Alcira Matute Castro e Isidoro Hugo Duarte Gutiérrez, ya identificados,  a razón de QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F.500,00), por cada uno de su  miembros, lo que suma la cantidad de UN MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F.1.000), que deberá ser abonada dentro del plazo máximo de tres (3) meses contados a partir del registro del presente documento constitutivo, para lo cual se abrirá una cuenta bancaria a nombre de la Fundación, que se manejará con la firma indistinta de María Alcira Matute Castro  o  Isidoro Hugo Duarte Gutiérrez, miembros fundadores ya identificados.

b) Toda clase de donación, liberalidad, contribución o legado de personas o instituciones públicas o privadas hechas a su  favor, y cualesquier otro bien que pueda adquirir por actos que llegue a realizar, en función de su objeto, así como por  acuerdos cooperativos, convenios establecidos y derechos de propiedad intelectual que le correspondan, de conformidad  con la legislación

sobre la materia.

c) Los bienes e ingresos que por cualquier título puede adquirir para el cumplimiento de su objeto.

d) Los aportes condicionados o no para fines generales o especiales, que reciba La Fundación por parte de personas naturales o jurídicas, públicas o

privadas, con la excepción de aquellas personas naturales o jurídicas que realicen alguna actividad  considerada contraria a nuestros principios éticos e

ilícitas según las leyes de la República Bolivariana de Venezuela y sus Tratados Internacionales.

Los excedentes financieros conseguidos por las actividades de La Fundación serán  reinvertidos, totalmente, en el desarrollo de sus propias actividades, y por ningún concepto se pueden distribuir entre sus miembros.

CAPITULO VI

El Contralor

Artículo 17: La Fundación contará con un Contralor y su respectivo Suplente elegidos por la Asamblea anualmente.

Artículo 18: El Contralor será la persona encargada de cumplir la vigilancia y supervisión de la buena administración de la Fundación y tendrá acceso a toda la documentación de la Fundación ,libros y registros de la misma. El Contralor rendirá informa ante la Asamblea para hacer conocer el estado de la Fundación, su Administración y las recomendaciones pertinentes.

CAPÍTULO VII

Del Ejercicio Económico y los Balances

Artículo 19: El ejercicio económico de la Fundación comenzará el 1ro. de enero y terminará el 31      de    diciembre   de cada    año. El    primer ejercicio

 

 

María Alcira Matute Castro

Inpreabogado

económico comenzará desde la fecha de protocolización del presente documento y durará hasta el 31 de diciembre del mismo año.

Artículo 20: Dentro de los noventa (90) días siguientes  al vencimiento de cada ejercicio económico el Consejo Directivo presentará a la Asamblea un informe sobre  el  estado  financiero  de  la fundación,  con indicación  de los ingresos y

egresos ocurridos  durante el año de la cuenta y acompañado de las observaciones y proposiciones que estime oportuno formular.

Artículo 21: El Consejo Directivo, igualmente, rendirá cuenta semestral del

estado financiero de la Fundación y de las operaciones realizadas, mediante boletín dirigido a los Miembros.

Artículo 22: Los miembros podrán, a través del Contralor, obtener la información bimensual del estado económico de la Fundación.

CAPÍTULO VII

De Las Reformas, Disolución y Liquidación de La Fundación

Artículo 23: Este Estatuto se podrá reformar, cuando así lo acuerden las dos terceras partes de los miembros del Consejo Directivo, pero no se podrá variar su objeto fundamental.

Artículo 24: La asociación podrá ser disuelta en Asamblea Extraordinaria convocada al efecto, cuando por cualquier circunstancia resulte imposible llevar a cabo el objeto para el cual fue fundada. Para acordar la disolución y liquidación de la asociación se requerirá el voto favorable de un número de asociados no inferior al setenta y cinco por ciento (75 %) del total de asociados existentes a la fecha. En tal evento, se procederá de acuerdo con los artículos siguientes:

Artículo 25: La liquidación será hecha por dos (2) o más liquidadores que serán designados por el Consejo Directivo, la cual fijará sus derechos y atribuciones y el plazo en el cual fijará sus derechos y atribuciones y el plazo en el cual deben cumplir su cometido.

Artículo 26: Si no se determinaren las facultades de los liquidadores, éstos se limitarán a efectuar los actos y operaciones estrictamente necesarios para

practicar la liquidación.

Artículo 27: Una vez cancelado íntegramente el pasivo de la Fundación, los

activos que hubiere serán donados a una institución pública de salud infantil, como el Cardiológico Infantil o similares. La FLLM podrá hacer donaciones de este tipo en cualquier momento durante sus actividades siempre y cuando lo

apruebe el Consejo Directivo.

CAPÍTULO VIII

Disposiciones Transitorias y Finales

Artículo 28: Lo no previsto por este Estatuto y las dudas que suscite su interpretación, las resolverá el Consejo Directivo.

Artículo 29: El primer período del Consejo Directivo será ejercido por las

siguientes personas, ya identificadas en este documento, que pueden ocupar varios cargos simultáneamente: Presidente : María Alcira  Matute Castro. Suplente del presidente: Isidoro Hugo Duarte Gutiérrez. Secretario: Isidoro Hugo Duarte Gutiérrez. Suplente del secretario:  José Antonio Serrano Reque. Tesorero: Isidoro Hugo Duarte, y Suplente del Tesorero: Gloria Castro de Matute.

Artículo 30: El  Representante Judicial de La Fundación realizará sus funciones a título honorario y  será María Alcira Matute Castro, hasta la designación de otro por el próximo Consejo Directivo.

Artículo 31: Se autoriza a María Alcira Matute Castro, ya identificada, representante judicial de la de la Fundación La Librería Mediática FLLM  Periodista y Abogado en ejercicio inscrita por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.____,  para que proceda conforme a la ley a protocolizar ante la oficina de Registro Subalterno del Municipio correspondiente la presente acta.

María Alcira  Matute Castro

Isidoro Hugo Duarte Gutiérrez

Gloria Castro de Matute

José Antonio Serrano Reque

26 comentarios en “FUNDACIÓN LA LIBRERÍA MEDIÁTICA

  1. Pingback: Nació La Fundación La Librería Mediática « La Librería Mediática

  2. saludos, amiga desde el colectivo medio comunitario en caicara del orinoco, felicitaciones por su programa es unico, muy bueno.

    un beso

    benito cabrera
    0284 494 56 56
    0284 494 15 07

  3. hola,saludos a todos los que integran la libreria mediatica,quisiera saber como comprarme esos libros tan maravillosos que alli se encuentran y que enriquecen la mente ,el vocabulario y todo lo que debemos saber de lo actual..este es mi correo espero una pronta respuesta,gracias y saludos para todos. brasi_15@hot mail.com…

    • Saludos. Todos los libros que reseñamos de forma gratuita se consiguen en bibliotecas, librerías del Estado y librerías privadas. No vendemos libros, sólo los comentamos en los programas, gracias por tu comentario.

  4. Buenos días Maria Alcira, me pregunto si podrias invitar a tu programa a mi madre Felicia Lomban de Gutierrrez ella escribe cuentos cortos y tiene 87 años de edad, actividad que inicio despues de que crió un poco de nietos.
    Su meta es poder escribir el mayor tiempo posible, tambien escribe cuentos de niños.
    Para mi es un orgullo su fuerza y tenacidad en esta actividad y se que yo tambien lo hará cuando me jubile.
    Le publicaron un libro Los cuentos de la Abuela. ISBN:978-980-12-5157-8
    Deposito legal: 1f25220118002511

  5. Hola, casi religiosamente no me pierdo estos temas e este canal al cual siento como dan vida a un país a una nación a una república en la actualidad vivo en la Isla de Margarita y son un puñado de veces la y un sin números de años haciendo gestiones personales en fundaciones privadas en editoriales y eso incluye la buena editorial El pero y La Rana buscando como es ver dos libros de mi autoría publicados uno se titula HISTORIA DE UN NACIMIENTO y otro DELIRIOS DE UNA HISTORIA NO ANTES CONTADA aguardo as{i dar aportes porque aporte se requiere en esta humanidad para no perdernos como humanos que sabemos a eso se juegan o juegan muchos de hechos de eso se trata estos dos libros. RUEGO A DIOS DE LOS EJERCITOS EL DADOR DE LA VIAD Y LA MUERTE PONGAN INQUIETUDES SI ESTA EN SU INTERES EN SU OPORTUNIDAD DE AYUDARME AL RESPECTO AYUDEMOS AL RESPECTO… PUEDEN ESCRIBIRME a mi e-mail: renovadsoredimidosrestaurados@hotmail.com

    • Saludos.Gracias por tus palabras y sintonía. Recuerda que nosotros no editamos libros, sólo los reseñamos. Debes insistir ante diversas editoriales hasta ver tu obra publicada. Cordialmente, Marialcira Matute

  6. hola estimada colega, camarada y tocaya, soy elena matute presidenta de la fundacion montaña santa y quiero hacerle llegar el premio de proyectos educativos, mencion actividad literaria a ud y su equipo de trabajo le dejo mi telefono para una cita 04165117193

  7. Amigos:
    Por casualidad me hablaron sobre la talentosa María Alcira Matute, en una librería de Barcelona (Anz.) cuando compré un libro sobre redacción para un sobrino de 17 años, que en esta corta edad ha escrito un libro de relatos milotógicos con una imaginación extraordinaria. La señora de la librería me dijo que la buscara en internet y que pudiera ser que mi sobrino muy pronto la conozca, ya que él quiere ser escritor. Y tiene imaginación, ideas, redacción e incluso sus personajes son ideales. Quizás tenga la suerte que alguien le acepte publicar esta primera obra. Por su esfuerzo y dedicación lo merece. Dios los bendiga a todos en la Fundación. Gracias.

    • Saludos cordiales, por favor escríbenos al correo tvlecturas@gmail.com con los datos del joven, y el teléfono directo de sus padres , por ser menor de edad necesitamos autorización expresa pues podríamos entrevistarlo por teléfono desde la radio para que nos cuente de sus proyectos.

      Ahora bien, nosotros no editamos ni publicamos libros. Te recomendamos que en la Librería del Sur de la Región o en web http://www.libreriasdelsur.gob.ve http://www.ministeriodelacultura.gob.ve solicites información del Gabinete Cultural de la región, para que el pueda o bien llevar sus manuscritos, o informarse de concursos de autores inéditos como el de Monte Ávila editores o participar en un taller. Publicar un libro es un proceso complejo y debe estar asesorado por especialistas.
      Nuestra especialidad es la divulgación de libros y promoción de la lectura en medios, pero no editamos ni publicamos obras literarias. Mil gracias por tus palabras gentiles y tu interés.

    • Saludos. Visita el blog con regularidad,y sintoniza nuestros programas, allí anunciamos las novedades. Cada último sábado de mes de 10 a 1 estamos haciendo talleres gratuitos para niños y jóvenes de sensibilización hacia la poesía en la Sala de Lectura Manuelita Sáenz de la Plaza Bolívar de Caracas.

      • MUCHÍSIMAS GRACIAS POR LA INFORMACIÓN. UN GRAN ABRAZO. SIGAMOS HACIENDO PATRIA. GRACIAS POR LA SENCILLEZ, HUMILDAD Y AMOR A NUESTRO PUEBLO

  8. Hola Marialcira. Amiga deseo mandarte un libro que he escrito. Trata sobre una historia fabulada de un venezolano en el lejano Oriente. Porfa envíame la dirección especifica para mandártelo por MRW. Gracias.. David Sequera. 0416 9424178

    Nota: también deseo enviarle un ejemplar a mis amigos los Robertos y el Kiosko Veras. Como hago Marialcira. Disculpa que te tutee pero llevo tantos años siguiéndote en TV que no me resultas indiferente ni ajena.

      • Buenas Tardes Marialcira,
        Amiga, te envié el pasado martes 13 de mayo, un paquete con el libro que te prometí. se llama EL SABIO POPULAR EN EL TIBET, fue un esfuerzo autofianciado. También envié otros ejemplares para que, por favor, se los entregues a Los Robertos y al Kiosko veraz. Disculpa la confianza, pero ya de tatos programas verte, me eres familiar. Con aprecio. David

        PD: seria un honor que lo mencionaras en tu lindo programa amiga.

      • Saludos, gracias. Aún no me lo entregan. Lo dejaré en correo de VTV para los demás, no coincidimos en el canal pues tenemos horas de trabajo diferentes. Cordialmente, Marialcira Matute

  9. Buenas noches Marialcira. Porfa, me avisas cuando te llegue el libro de EL SABIO POPULAR EN EL TIBET. Lo mande por MRW hace una semana para VTV desde Valencia. Gracias.

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